- Según el Ministerio de Trabajo ningún trabajador podrá ser sancionado si se niega a trabajar en esa fecha.
Todo trabajador asalariado tiene derecho a recibir este próximo 11 de abril el pago sencillo correspondiente, aunque no haya laborado durante la fecha.
Además, aquellos que sí se desempeñen en sus tareas, de forma regular y por mutuo acuerdo con el patrono, deberán recibir el equivalente a un día doble de salario.
El Ministerio de Trabajo recordó que mañana miércoles 11 de abril, fecha en que se conmemora la Batalla de Rivas y la gesta del héroe nacional Juan Santamaría, es un feriado de pago obligatorio.
De esta forma, ningún trabajador está en la obligación de laborar ese día feriado, a menos de que ambas partes lo hayan consentido previamente, por lo que tampoco podrán ser sancionados quienes se rehúsen a hacerlo, señaló el Ministerio en un comunicado.
Para efectos del pago del salario, si las empresas cancelan semanalmente, es decir, que reconocen el salario sólo el tiempo efectivamente laborado en ese lapso, deben pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el miércoles 11 de abril.
En caso de que la modalidad de pago sea mensual o quincenal, deben cancelar el salario completo de la quincena o del mes, incluyendo el 11 de abril. Si los trabajadores laboran ese feriado, deben agregar el salario de un día sencillo para que complete el pago doble que establece la ley.
Aquellas personas que laboren horas extras en este feriado recibirán un pago triple.
La medida aplica tanto para empresas nacionales, transnacionales o internacionales. Además, cualquier convenio sobre renuncia del disfrute de los feriados es absolutamente nulo, según el artículo 11 del Código de Trabajo.