Este miércoles 4 de noviembre, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, condenó a la Fuerza Pública por abofetear a mujer en Aguas Zarcas el pasado 11 de octubre, durante los bloqueos.
En un comunicado de prensa enviado por la Sala, el magistrado instructor del caso, Paul Rueda Leal, señaló que “la tutelada sufrió una agresión innecesaria a su integridad física y un uso desproporcionado de la fuerza en su perjuicio”.
Se ordenó a las autoridades policiales abstenerse de repetir ese tipo de acciones y “se advierte que de no acatar esta orden incurrirán en el delito de desobediencia y que, de conformidad con el artículo 71, de la Ley de esta jurisdicción, se le impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa”.
De igual manera, se condena al Estado al pago de daños y perjuicios ocasionados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.
Dentro de la prueba aportada al expediente se destacan videos y un dictamen médico legal, donde se destacó la probable compatibilidad de las lesiones que presentaba la manifestante con los hechos narrados.
Al respecto, la Fuerza Pública comentó que “el Departamento de Apoyo Legal Policial de la Fuerza Pública, aún no ha sido notificado, sin embargo, las dos policías vinculadas a los hechos tienen expediente abierto por dicho acto en el Departamento de Disciplinario Legal y aún está en proceso”.