Costa Rica entra en una nueva etapa en materia de violencia y acoso en el mundo del trabajo con la entrada en vigor, este 2 de octubre, del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El instrumento, ratificado por la Asamblea Legislativa el 20 de agosto de 2025, amplía la protección de las personas trabajadoras y establece un marco más amplio para abordar situaciones que anteriormente eran analizadas principalmente a partir de resoluciones judiciales.
El abogado, Cristian Monge, en entrevista con Radio Santa Clara, explicó que uno de los principales cambios está en que el concepto de acoso laboral ya no se limita necesariamente a conductas reiteradas dentro del centro de trabajo.
De acuerdo con el especialista, esto significa que determinadas comunicaciones realizadas fuera de la jornada laboral podrían adquirir relevancia dentro de una investigación, como mensajes de WhatsApp, llamadas, comunicaciones por Teams o correos electrónicos enviados fuera de horario.
El cambio también alcanza la forma en que se analiza la reiteración de las conductas. Monge señaló que, bajo el Convenio 190, una única conducta podría llegar a constituir acoso laboral, aunque explicó que existen resoluciones recientes de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia que han planteado diferentes perspectivas sobre este punto.
La protección, además, no se limita a quienes trabajan bajo una única modalidad contractual. El convenio contempla a personas trabajadoras tanto del sector público como del privado y establece una cobertura amplia independientemente de la modalidad de contratación.
El teletrabajo tampoco queda fuera. Conductas como el aislamiento, el recargo injustificado de funciones, la difusión de rumores, la intromisión en la esfera personal o íntima o la falta injustificada de reconocimiento pueden presentarse tanto en relaciones presenciales como mediante el trabajo remoto.
Pero, los cambios no solo alcanzan a las personas trabajadoras. Las empresas también deberán fortalecer sus mecanismos internos para prevenir y atender posibles casos de violencia y acoso laboral.
Según Monge, las empresas deben adoptar medidas para prevenir el acoso laboral, canalizar las denuncias y garantizar procesos que respeten los derechos de las personas involucradas. También señaló la importancia de establecer regulaciones internas que definan cómo se tramitarán estas situaciones.
A esto se suma la necesidad de capacitar y sensibilizar al personal. El objetivo es que tanto trabajadores como representantes patronales puedan identificar conductas que podrían constituir acoso y conozcan los mecanismos disponibles para atenderlas.
Entre los ejemplos mencionados durante el programa Radio Revista La Buena Noticia, de este 1° de octubre, están los apodos, rumores, bromas relacionadas con nombres y formas de comunicación altisonantes. El especialista aclaró que estos comportamientos no necesariamente constituyen por sí mismos acoso laboral, pero podrían convertirse en indicios que deben analizarse dentro de cada situación.
Otro aspecto relevante es la evidencia. Para una persona que considere estar sufriendo acoso laboral, el tipo de prueba dependerá de las características de cada caso. Entre los elementos que podrían aportar indicios están los correos electrónicos, mensajes, testigos y documentación relacionada con las situaciones denunciadas.
El abogado también señaló que la nueva normativa busca facilitar instrumentos para que las personas trabajadoras puedan hacer valer sus derechos, aunque advirtió que las denuncias deben realizarse con responsabilidad y basarse en hechos que puedan ser sustentados.
La entrada en vigor del Convenio 190 representa así un cambio en la forma de abordar el acoso laboral en Costa Rica. El reto, de acuerdo con lo expuesto en la entrevista, no será únicamente adaptar las normas internas de las empresas, sino también generar una cultura de prevención, capacitación y sensibilización que permita identificar y atender estas situaciones de manera adecuada.












