La diputada liberacionista, María José Corrales, presentó un nuevo proyecto de ley.
Se trata del expediente 22.955, “Ley para regular el uso, deambulación y permanencia de los perros guía para personas ciegas y perros de asistencia para personas con discapacidad”.
Este tiene como objetivo promover y regular el uso de perros guía o de asistencia para las personas ciegas o con discapacidad, garantizando el ejercicio del derecho al acceso, libre tránsito, así como la permanencia en lugares públicos o privados de uso público.
Según dio a conocer la congresista a través de su cuenta de facebook, “los perros guía son excelentes asistentes para las personas con discapacidad visual, sin embargo, existen vacíos legales que a través de este proyecto de ley que presenté deben resolverse”.
Entre lo que plantea la nueva ley, destaca el establecimiento de lugares públicos y privados donde los perros puedan acompañar al usuario, las condiciones higiénicas del animal, requisitos para el dueño y las sanciones para quienes impidan el acceso, permanencia o movilización de una persona que requiera de la ayuda de un perro guía.
El proyecto de ley indica algunos requisitos por parte del usuario.
Por ejemplo, se establece que los perros deben contar con un chaleco de identificación, responder por los daños que eventualmente pudiera causar el perro, deben mantener condiciones higiénico-sanitarias del animal y contar con la acreditación de que el animal los cumple.
El animal debe estar vacunado contra la rabia y libre de parásitos, así como realizársele un estudio anual que verifique el resultado negativo de enfermedades, cumplir con las normas de higiene y seguridad en vías o lugares públicos y estar esterilizados.
También se indica sobre los lugares donde podrá acceder el usuario con el perro guía, entre ellos, pasos peatonales, locales para espectáculos públicos o actividades recreativas, casas de enseñanza, centros de salud y asistenciales, religiosos, para la atención de personas de la tercera edad, oficinas de profesionales liberales, estaciones de transporte público y establecimientos turísticos.
Incumplir con lo establecido en el proyecto se sanciona con una multa de uno a siete salarios base, de acuerdo con la Ley 7.337, de reforma al Código Penal.
Además, quien cause una herida, trauma o daño a un perro guía, será obligado al pago de los costos veterinarios y del valor de reemplazo del can y de la responsabilidad penal establecida en la Ley 7.451, “Ley de Bienestar Animal”.
Para 2018, el Ministerio de Salud informó que en Costa Rica existían alrededor de 18 mil personas con ceguera; y, 279 mil con discapacidad visual.
Actualmente en el país, no existen escuelas o centros de adiestramiento para perros guía o de asistencia; y, al menos 20 personas utilizan este tipo de animales.