Con la aprobación en primer debate del Expediente 22.560, el miércoles 2 de marzo, se adicionó un párrafo al artículo 135 del Código Electoral, que indica que las donaciones a los partidos políticos por parte de personas físicas que superen el salario de un oficinista, deberán realizarse por medio de una entidad bancaria.
En el caso de múltiples donaciones realizadas por la misma persona física, se realizará de forma conjunta, para ello el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), establecería, vía reglamento, el tiempo dentro del cual, la contabilidad de la respectiva agrupación deberá identificar las operaciones respectivas, plazo que no podrá ser mayor a tres meses.
La diputada por el Partido Acción Ciudadana, Laura Guido Pérez, destacó que, con la reforma se eliminará una práctica que se realiza en la actualidad como es la entrega del dinero en efectivo por parte de contribuyentes a las agrupaciones políticas y que no permite detectar la fuente de los recursos.
Recalcó que hasta ahora los partidos no hacían ninguna diferenciación de los recursos que recibían y que son reportados al Tribunal Supremo de Elecciones.