- Mediante la resolución número DGT-R -012-2018, emitida desde el pasado 20 de marzo de este año en curso, en la cual se establece la obligatoriedad de implementación de un sistema de facturación electrónica para aquellos contribuyentes que a la fecha no han sido notificados.
Todo contribuyente se encuentra en la obligación de emitir comprobantes electrónicos a partir del próximo 1 de septiembre.
Contribuyentes que no fueron incluidos en la resolución anterior y grandes contribuyentes, deberán empezar a dar uso de este nuevo sistema de facturación electrónica. Esto según el último digito de su cedula de identidad de persona física o jurídica.
De tal modo que a partir del primero de septiembre terminación, 1, 2, y 3 deberán emitirlas. Para el primero de octubre, las terminaciones que se verán en obligación serán 4, 5, y 6. Por ultimo terminaciones de cedula física o jurídica, 0, 7, 8 y 9 que regirá a partir del primero de noviembre su obligatoriedad. Michael Méndez Castro, Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria Zona Norte, nos brinda mayor información sobre esta resolución.
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En el caso de las personas que no poseen correo electrónico, se les facilitará por medio de la persona que está facturando un comprobante impreso de su compra. Esto como excepción para quienes no den uso al correo electrónico.
Es importante aclarar que desde el año 2009 se ha venido emitiendo resoluciones en lo que respecta a la facturación electrónica para el sector comercial, que ha llevado la tarea de ir regulando este tema.
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Es importante resaltar que actualmente todas las declaraciones de impuestos, se realizan mediante un portal llamado, Administración Tributaria Virtual, en los que el requisito principal es contar con un número de teléfono y un correo electrónico registrado para la creación del perfil.
El Ministerio de Hacienda está consciente de la dificultad del paso a lo tecnológico por parte del comercio, ya que lo asocian todo con una computadora. Dejando de lado la existencia de sistemas que se utilizan por ejemplo desde teléfonos celulares y demás dispositivos tecnológicos con conexión a internet.
Recordemos que dentro de los comprobantes electrónicos que se emiten existen 4 elementos, factura electrónica, tiquete electrónico, notas de débito y notas de crédito. Con el fin primordial de disminuir el uso del papel en los establecimientos. Con la excepción de que, si un cliente desea la factura impresa, el establecimiento está en la obligación de imprimir el documento, con el objetivo de minimizar la impresión de facturas, pero no la eliminación totalmente.
13 de abril del 2018
Elaborada por: Karen Rivera.