- Nuestra Iglesia siempre se ha apegado al ordenamiento jurídico de Costa Rica y en este sentido se rechaza cualquier interpretación de actuaciones con un medio de conculcar las conciencias de conciudadanos en el ejercicio de su derecho al sufragio.
Ayer martes 6 de marzo la Iglesia Católica fue notificada por el Tribunal Supremo de Elecciones de la resolución de las diez horas y treinta minutos del cinco de marzo de dos mil dieciocho, en la que declara parcialmente con lugar el recurso de amparo electoral interpuesto en contra de la Conferencia Episcopal de Costa Rica y la Asociación Alianza Evangélica por la difusión del Manifiesto conjunto de ambas organizaciones durante la «Jornada de Oración por Costa Rica».
Dicha resolución del Tribunal Electoral es objeto de estudio por parte de nuestros asesores legales, con el fin de comprender la transcendencia jurídica del razonamiento de los jueces electorales y decidir la mejor respuesta a dicha sentencia.
Los Obispos como pastores de la grey del Señor y como ciudadanos, reafirman el derecho de expresar la posición en temas de interés nacional, en apego al artículo 28 de la Constitución Política en los extremos que el mismo Tribunal Supremo de Elecciones lo ha fijado.
Las iglesias, organizaciones o corporaciones religiosas (sin distinción de naturaleza jurídica, denominación o credo), en su carácter de preeminentes actores sociales y, de acuerdo con el principio de libertad de culto, tienen la posibilidad de tomar posición sobre los problemas sociales del país, además de explicitar su postura frente a temas puntuales de la realidad nacional, manifestar públicamente el marco axiológico que se corresponda con la ideología de su credo religioso particular de predicar la fe con auténtica libertad y enseñar su doctrina social, ejercer una misión terrenal sin traba alguna y dar juicio moral, incluso en materias referentes al orden público y otras de sus interés, sin que ello, en tesis de principio comporte una transgresión a la restricción constitucional» (Resolución TSE. San José).
Hacemos notar que los jueces electorales reafirman la constitucionalidad y legalidad de las actividades organizadas por la Conferencia Episcopal de Costa Rica y que fueron puestas en tela de juicio por el recurrente, a saber: La II Caminata por la Vida y el Matrimonio según Dios y en conjunto con la Alianza Evangélica, a saber: «La Jornada de Oración por Costa Rica»: lo anterior en ejercicio de nuestra Libertad de culto.
Consideramos en conciencia que nuestro actuar siempre se ha apegado al ordenamiento jurídico de nuestro país y en este sentido rechazamos cualquier interpretación de nuestras actuaciones con un medio de conculcar las conciencias de nuestros conciudadanos en el ejercicio de su derecho al sufragio.
Esperando que el Señor Luz de los Pueblos, guíe el caminar del pueblo costarricense, en estos tiempos de grandes decisiones, siempre por la poderosa intercesión de Nuestra Señora de los Ángeles, Patrona de Costa Rica, concluyó el Gabriel Montero, Obispo de San Isidro del General Vicepresidente de la Conferencia Episcopal de Costa Rica.