Los partidos políticos debidamente inscritos ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) interesados en modificar su nombre, lema o bandera, solo tienen tiempo para hacerlo hasta el próximo 5 de junio de 2021.
Según el artículo 55 del Código Electoral las agrupaciones pueden tramitar esos cambios, una vez que hayan modificado su estatuto y que la solicitud se presente antes de los ocho meses previos a una elección.
Gerardo Abarca, Secretario General Registro Electoral, explicó que ningún partido político puede tener distintivos iguales o similares a otro.
De igual manera, este 5 de junio será el último día para que el TSE pueda dividir un distrito administrativo en dos o más, distritos electorales.
Esta disposición se encuentra en el artículo 143 del Código Electoral y procura la mayor comodidad de las personas para que ejerzan sus votos acortando la distancia entre su lugar de residencia y el centro de votación que les corresponda.
Actualmente existen 2.082 distritos electorales, pertenecientes a 488 distritos administrativos, ubicados en los 82 cantones del país.
Las elecciones nacionales de 2022 se realizarán el domingo 6 de febrero para elegir 60 puestos: presidencia y dos vicepresidencias de la República junto con 57 diputaciones.