La Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI) solicitó a los diputados de la Asamblea Legislativa, realizar una nueva consulta constitucional por el fondo sobre el expediente 21.810, “Reforma al artículo 14 del Código Municipal y sus reformas, que limita la reelección indefinida de autoridades locales”.
La petición la realizan luego de que los Magistrados de la Sala Constitucional, determinaran como “inevacuable”, la consulta planteada por la Asamblea Legislativa y el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Para Heriberto Cubero, directivo de ANAI, “la Asamblea Legislativa hizo una consulta a la Sala Constitucional armada, con más justificaciones de sus actuaciones que con consultas. No se quiso consultar lo que realmente importa para el régimen municipal y para la seguridad jurídica de los costarricenses. No se quiso consultar si la retroactividad de la ley impide a los ciudadanos aspirar a una reelección”.
Según indicó la asociación vía comunicado: “el órgano electoral objetó el proyecto 21.810, al considerar que la iniciativa generaba un vaciamiento del derecho humano a ser electo, al impedir que funcionarios con dos periodos consecutivos en un mismo cargo puedan aspirar a otros puestos de elección popular”.
“El órgano electoral indicó que este aspecto debía ser modificado ya que contraviene los parámetros constitucional y convencional”, agrega.
El TSE reiteró que dentro de los seis meses anteriores y cuatro posteriores a la celebración de una elección popular, la Asamblea Legislativa no puede convertir en leyes los proyectos.
ANAI deja en claro que no está en contra de limitar la reelección indefinida de autoridades locales, pero debe ser con un proyecto no politizado y debidamente consultado a todas las partes involucradas.
“Abogamos por la realización y el consenso de un proyecto bien elaborado, que no se discuta al calor de una campaña política. Como ANAI, estamos en defensa de los intereses de miles y miles de personas que tienen de pie al régimen municipal, aquellos líderes y lideresas de los territorios: alcaldes, intendentes, regidores, síndicos y concejales de distrito”, agrega Cubero.












