El Ministro de Salud, Daniel Salas, detalló los servicios o comercios que deben usar mascarilla o careta de forma obligatoria a partir de este sábado 27 de junio.
Tome en cuenta que toda persona que atienda público, siempre debe usar mascarilla.
El personal de atención al público que cuente con barreras físicas (vidrios, acrílicos, polietilenos), no está obligado a utilizar careta o mascarilla.
Deben usar mascarilla:
-Los clientes y choferes de transporte público.
-Asistentes a actos religiosos quienes lo ofician.
-Asistentes a teatros y cines.
-Las personas que visitan centros de salud, cárceles, centros de atención de personas que consumen sustancias psicoactivas o centros de atención de población que posea factores de riesgo.
-Las personas cuidadoras de personas adultas mayores y de personas con discapacidad.
-Personas que laboran en call centers y clientes de bancos.
Salas explicó que las mascarillas pueden ser quirúrgicas o de tela y las caretas deben tener cobertura facial general, ya que es importante que cubra adecuadamente boca y nariz.
El jerarca de Salud enfatizó que la medida se hace necesaria por mayor apertura de servicios y comercios, así como presencia del virus en centros altamente poblados.