La Dirección de Tránsito extiende el llamado a los conductores a hacerse visibles en carretera, especialmente en las noches, días oscuros y tras la entrada de la época lluviosa.
Recuerdan que la Ley de Tránsito indica la obligatoriedad de encender las luces del vehículo desde las 6:00 p.m. a las 6:00 a.m.; o, cuando las condiciones en el día así lo ameritan.
“Hay una conjugación de desconocimiento y de rebeldía. Algunas personas, a las 5:00 a.m., salen hacia sus trabajos con la luz del vehículo apagada; y, si se les detiene argumentan que es que ven bien, que el día está claro, pero la Ley dice que deben mantenerla encendida hasta las 6 de la mañana”, señaló Alexander Solano, Director de la Policía de Tránsito.
“De igual forma, vemos a la media noche, por dar un ejemplo, a personas esperando a que la luz del semáforo se ponga en verde para continuar con su vehículo, cuando la Ley permite, a esa hora, llegar al cruce, detenerse por completo, fijarse y si puede continuar, hacerlo, incluso con el semáforo en rojo”, agregó.
Solano aclaró que la Ley de Tránsito establece que las bicicletas son vehículos; y, como tales, deben llevar sus luces encendidas entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m.
Usar ropa reflectante de la luz y si se quiere hasta luces en el casco o en la ropa, son parte de las sugerencias.
El director recordó que los vehículos de carga que transporten mercancías que se salgan del vehículo, deben llevar banderas rojas en el producto.
Respecto al transporte público, durante la noche, los autobuses de ruta deben llevar las luces internas de la unidad encendidas. Los pasajeros tienen derecho a exigirlo.